Nallely Albor Rivas rinde compromiso constitucional como Jueza de Paz de Conkal
• El poder judicial nombre a sus jueces en 22 municipios
MÉRIDA/CONKAL, Yucatán a 27 de octubre.- La abogada Nallely Albor Rivas rindió compromiso como Jueza de Paz de Conkal. Otros, 21 abogados y abogadas, de igual numero de municipios hicieron lo mismo.
Los jueces y juezas de paz que rindieron compromiso constitucional fungirán como tales en los siguientes municipios: Xocchel, Acanceh, Baca, Chapab, Chichimilá, Conkal, Dzemul, Espita, Halachó, Hocabá, Hunucmá, Ixil, Muna, Opichén, Peto, Samahil, San Felipe, Santa Elena, Sinanché, Tetiz, Tzucacab y Ucú.
La ceremonia se efectuó en el auditorio del Centro de Instituciones Operadoras del Sistema Penal Oral y Acusatorio (Ciospoa), de Mérida.
La ceremonia fue presidida por el Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Ricardo Ávila Heredia, quien los exhortó a conducirse siempre con apego a la ley, cumplir las obligaciones y respetar las facultades que les da la ley y resaltó la importancia de su función como primer contacto judicial con la comunidad
Les reiteró que las puertas del Poder Judicial del Estado están siempre abiertas para tener la mejor relación, así como para las consultas necesarias para el correcto funcionamiento de sus labores y resaltó la paridad entre quienes desempeñarán este importante cargo, en sus respectivas comunidades.
Cabe apuntar que las juezas y jueces de paz que rindieron el compromiso constitucional para desempeñar este cargo, fueron elegidos conforme los procesos establecidos en la ley y luego de un proceso de capacitación a cargo del Consejo de la Judicatura.
En la ceremonia estuvieron presentes las Consejeras de la Judicatura Sara Luisa Castro Almeida y Graciela Alejandra Torres Garma, el Consejero Luis Alfredo Solís Montero y el Secretario Ejecutivo del Consejo de la Judicatura Alfredo Antonio Compañ Fernández.
De acuerdo con la ley, los jueces de paz podrán conocer de los asuntos civiles cuya cuantía no exceda de doscientas veces el salario mínimo vigente en la ciudad de Mérida en aquellos Municipios de hasta cinco mil habitantes, y quinientas veces el salario mínimo, en aquellos municipios con habitantes de más de cinco mil habitantes.
Asimismo, podrán conocer de asuntos que establece el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán y actuar como conciliadores en los asuntos que lo requieran.